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  • Foto del escritorCarlos García del Pozo

Ayuda 2022 al ALQUILER DE VIVIENDA JOVEN en la Comunidad de Madrid

Actualizado: 3 oct 2022

El plazo para solicitarla se abrió el 21 de septiembre de 2022. A continuación veremos los requisitos para obtenerla.


Tras un largo retraso, la Comunidad de Madrid ha abierto por fin la convocatoria de las ayudas del Bono del Alquiler Joven con 250 euros mensuales dirigida a menores de 35 años que alquilen una vivienda o una habitación en su región.


Esta ayuda se concederá por un plazo de dos años, hasta un máximo de 6.000 euros repartida en 24 mensualidades. A continuación repasamos los requisitos para solicitarla:

Para acceder a la subvención 2022 para el ALQUILER DE VIVIENDA JOVEN en la Comunidad de Madrid, deben reunirse, entre otros, los siguientes requisitos principales.


o Ser personas físicas mayores de edad y hasta 35 años de edad, inclusive, a la fecha de la solicitud.


o Poseer nacionalidad española o residencia legal en España.


o Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda conforme a la LAU, de cesión de uso o de habitación, o estar en disposición de suscribirlo.


o Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente.


o Disponer al menos de una fuente regular de ingresos que le reporte unas rentas anuales, incluidos los de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o a arrendar o ceder, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o cesión, iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Actualmente -2022- el IPREM anual en 14 pagas: 8.106,28 € por lo que la renta anual debe ser igual o inferior a 24.318,84 €. En el supuesto de alquiler de habitación no se incluirá la renta de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda, solamente se considerarán las de la persona física arrendataria.

Cuando en una vivienda convivan dos o más personas jóvenes, cada una de ellas podrá ser beneficiaria si cumplen los siguientes requisitos: 1º.- Que en el momento de solicitar la ayuda, ninguna de las personas que convivan en la vivienda tengan parentesco en primer grado de consanguinidad, o bien todos tengan una edad no superior a 35 años. y 2º.- Que suscriba el contrato de arrendamiento, y sus ingresos individuales se correspondan con una renta anual igual o inferior a 3 veces el IPREM.


Otros requisitos adicionales


Además de lo anterior, también deben cumplirse los siguientes requisitos


o No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España, ni el arrendatario, ni los convivientes, con las siguientes excepciones:

Partes alícuotas de herencias.

No disponibilidad por separación o divorcio.

Inaccesibilidad a la misma por discapacidad.

Imposibilidad de ocuparla por causas ajenas a su voluntad.


o No tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador, ni el arrendatario ni los convivientes.

o No ser socio o partícipe del arrendador, ni el arrendatario ni los convivientes.

o No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones.

o No haber sido objeto de revocación de las ayudas previstas en un Plan de Vivienda.


 

¿Existen límites de renta mensual para obtener la subvención?


Sí. Existen límites al precio del alquiler para poder acceder a la subvención 2022 de alquiler joven de la Comunidad de Madrid.

La vivienda objeto del contrato debe tener una renta igual o inferior a 600 euros mensuales, o bien hasta 900 euros, (300 o 450 euros mensuales si el contrato es de habitación), en los municipios de: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Getafe, Collado Villalba, Coslada, Fuenlabrada, Galapagar, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Sebastián de los Reyes, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo o Villaviciosa de Odón.


¿Qué documentación es necesaria para obtener la subvención?


Necesitarás tener disponible la siguiente documentación, además del formulario de la solicitud que la Comunidad de Madrid ha dispuesto para ello. En Domogestión podremos ayudarte a conseguir muchas de ellas, como la Nota de Localización del Registro de la Propiedad que verás al final de la lista.


o El contrato de alquiler.

o El certificado de empadronamiento colectivo e histórico.

o Copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal, si se trata de extranjeros no comunitarios.

o Justificantes de los pagos del alquiler de las mensualidades vencidas a fecha de la solicitud de la ayuda.

o Declaración del IRPF o bien certificado de imputaciones de la AEAT y/o otra documentación justificativa de los ingresos anuales de 2021 de arrendatarios y de los mayores de edad que componen la unidad de convivencia, si procede.

o Documentación acreditativa de disponer de una fuente regular de ingresos (habitualmente el contrato de trabajo y nóminas)

o Si se ha venido disfrutando del Bono Alquiler Joven en otra Comunidad o Ciudad Autónoma deberá aportar un certificado expedido por la Administración de origen indicando las cuantías y las mensualidades ya reconocidas.

o Nota de Localización ofrecida por el Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, de titularidades inscritas a favor del solicitante y de todas las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida. Si de dicha Nota de Localización se indicara que se es titular de otro inmueble, deberá aportarse Nota Simple del Registro de la Propiedad referido al mismo y, en su caso, documentación acreditativa de no poder disponer de la vivienda.


¿Cómo se presenta la solicitud?


La vía principal y más recomendable para presentarla será telemática (también podrá presentarse presencialmente, en formato físico, siempre a través de cita previa). Para presentarla de forma telemática os recomendamos disponer de certificado de firma digital. De esta manera no sólo podréis presentar la solicitud, sino que será más sencillo aportar documentación y revisar en cualquier momento cómo se está tramitando el expediente.


En Domogestión podremos ayudaros a revisar toda la documentación previamente, así como a conseguir buena parte de ella o ayudaros a obtener vuestro certificado de firma digital. Por supuesto, también podréis presentar con nosotros vuestra solicitud. Podéis informaros y pedir vuestra cita aquí mismo.

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