
¿Cuál es el plazo de presentación para la declaración de la renta?
El plazo, como cada año, es muy amplio.
Puedes presentar la declaración de la renta DESDE EL 02 DE ABRIL Y HASTA EL 30 DE JUNIO, ambos días incluidos.
Recuerda que la Agencia Tributaria no permite presentar la declaración antes del inicio del plazo, pero siempre podrás presentarla después del final, aunque en este caso abonando intereses por la demora más una sanción por presentación fuera de plazo.
¿Hay un plazo de presentación distinto para declaraciones con resultado a devolver o a pagar?
No. El plazo para la presentación del IRPF es el mismo en ambos casos, aunque sí existe un matiz. No podrán presentarse declaraciones a pagar con modalidad de domiciliación bancaria cuando resten menos de cinco días para el final del plazo (el 30 de junio), en este caso, tendrán que presentarse con modalidad de cargo en cuenta, mediante pago directo en sucursal bancaria o incluso mediante aplazamiento de la deuda.
¿Cómo se presenta la declaración de la renta?
Puedes presentar la declaración telemáticamente, a través de medios electrónicos. La AEAT ofrece en su propia web la plataforma a través de la cual presentarla y existen programas que permiten confeccionar el modelo y exportarlo a dicha plataforma. No es posible la presentación en papel.
1.- ¿Puedo confirmar el borrador de la declaración?
No. Recuerda que la AEAT ya no envía el famoso "borrador" de la declaración -actualmente no existe- pero para las declaraciones más sencillas (aquellas que únicamente incluyen rendimientos del trabajo y de cuentas bancarias sin nada más) se puede acceder a la plataforma, revisar los datos fiscales, y aceptar la declaración tal como se presenta. Ten en cuenta que Hacienda nunca revisa la correcta incorporación de los datos y que deberás asegurarte de que es todo correcto antes de presentarla.
2.- ¿Cómo puedo presentar la declaración si no dispongo de medios electrónicos?
La propia Agencia Tributaria ofrece un servicio de ayuda telefónica que está activo a comienzos del mes de mayo e incluso ofrece citas para un servicio de ayuda presencial únicamente durante el mes de junio. No obstante, este servicio sólo es útil para declaraciones muy sencillas y no es apto para declaraciones que incluyan arrendamientos urbanos, transmisiones patrimoniales (ventas de inmuebles, por ejemplo) u otras circunstancias. Ten en cuenta, además, que es un servicio que no garantiza la correcta presentación de la declaración. La Agencia Tributaria no se responsabiliza de errores en la presentación.
Lo más recomendable siempre es conseguir la ayuda de profesionales que analicen los datos de tu declaración, te ofrezcan asesoramiento y consejo sobre la declaración y sobre ejercicios futuros, repasen cada circunstancia y presenten la declaración contando con sus conocimientos.
3.- ¿Cómo se puede pagar la declaración de la renta cuando el resultado es positivo?
La Agencia Tributaria permite domiciliar el pago, de manera que lo cobrarán directamente en la cuenta bancaria que les indiques el día 30 de junio (nunca antes) con independencia de cuándo la hayas presentado.
No será posible domiciliar el pago cuando resten menos de cinco días para el final del plazo. En este caso podrás imprimir una carta de pago y abonarla directamente en tu sucursal bancaria, o bien pagar directamente mediante cargo directo en cuenta bancaria (si dispones de certificado digital).
Además, siempre es posible fraccionarlo en dos plazos, sin ningún interés, abonando el 60% del resultado el día 30 de junio y el 40% restante a finales de octubre o comienzos de noviembre.
Finalmente y por supuesto, también es posible solicitar el aplazamiento y fraccionamiento en más plazos (hasta un máximo de doce, normalmente), si te resulta más cómodo o más conveniente, aunque en este caso sí cobrarán intereses en cada plazo.
4.- ¿Cuándo te "devuelve la declaración de la renta" en caso de resultado negativo? ¿De qué plazo dispone hacienda para efectuar la devolución?
Normalmente hacienda devuelve el resultado de la declaración en unos pocos días desde la presentación de la declaración de la renta, pero esto no tiene por qué ser siempre así. Hacienda dispone de plazo hasta el 31 de diciembre del año en curso para realizar la devolución por lo que no se les puede exigir un reintegro rápido. En muchos casos la devolución se demora. Esto sucede por muchas causas; puede ser, por citar algún ejemplo, porque tu declaración vaya a ser revisada (lo cual puede ser por un proceso automático o fruto de una revisión aleatoria o por discrepancias en los datos facilitados en la declaración con los que posee Hacienda), o bien puede ser porque se programe la devolución más adelante, por motivos de flujo económico. Si Hacienda iniciara un proceso de revisión de tu declaración, su plazo para devolver se suspendería hasta el final del proceso, mientras recaba datos, pide documentación y resuelve sobre alegaciones presentadas, por lo que tu reintegro incluso podría efectuarse más tarde del 31 de diciembre.
Por último, ten en cuenta que hacienda nunca realiza devoluciones en cuenta bancaria de la que no sea titular el contribuyente que presenta la declaración (no basta con estar autorizado). Asegúrate de que la cuenta bancaria es de tu titularidad y está actualizada.
5.- Si se cometen errores en la declaración ¿Se puede rectificar? ¿Cuál es el plazo para rectificar los errores en la declaración?
Sí. Puedes rectificar o corregir una declaración presentada. Se puede hacer antes de que finalice el plazo para la presentación normal e incluso después. Cuentas con hasta cuatro años después de la finalización del plazo para rectificar o corregir tus declaraciones y reclamar las cantidades a devolver que pudieran corresponderte, o pagar las cantidades adicionales que resulten.
En conclusión, presentar la declaración de la renta es un proceso que requiere atención y no debe realizarse apresuradamente. En Domogestión podemos ayudaros con vuestra presentación. Contaréis con nuestro asesoramiento, el análisis de los datos y nuestro seguimiento post-presentación. Compartid en este foro vuestras dudas para conseguir más información o contactad con nosotros. ¡Os esperamos!